Micelio

Artículo 3

Decreto 1125 de 1951 · Por el cual se autoriza al Gobierno para comprar la Unidad Vecinal "Ospina Pérez" y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Las viviendas de la Unidad Vecinal "Ospina Pérez", una vez adquiridas por el Gobierno, serán adjudicadas a servidores públicos de sueldo mensual no mayor de trescientos cincuenta pesos, mediante contratos cuyas condiciones fijará el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1125 de 1951