Micelio

Artículo 6

Los Pagos Al Fondo De Becas De Que Trata El Artículo Anterior Deberán Efectuarse En La Pagaduría De La Entidad Que El Ministerio De Minas Y Energía Señale Y Copia Del Recibo De Pago, Se Anexará Al Expediente Relativo Al Título Minero

Decreto 727 de 1990 · por el cual se reglamenta parcialmente el Código de Minas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los pagos al Fondo de Becas de que trata el artículo anterior deberán efectuarse en la Pagaduría de la entidad que el Ministerio de Minas y Energía señale y copia del recibo de pago, se anexará al expediente relativo al título minero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 727 de 1990