ARTICULO 51. FORMA DE PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS A LA LICITACION PARA LA ADJUDICACION DE LA CONCESION. La forma de presentación de las propuestas a la licitación para la adjudicación del servicio de telefonía móvil celular será la determinada por el pliego de condiciones, el cual deberá tener en cuenta entre otros los siguientes aspectos
Los proponentes deberán presentar, como primera opción una propuesta básica para una de las áreas definidas por la ley y por el presente Decreto;
Podrá presentar propuestas alternativas para un área diferente de la propuesta básica o para varias áreas en la misma red;
Además podrá presentar otras propuestas alternativas a las anteriores que contengan opciones diferentes para la planeación técnica y financiera para el desarrollo del servicio de telefonía móvil celular;
Las propuestas alternativas podrán ser consideradas mientras el proponente sea elegible. No se considerarán las propuestas alternativas para el cubrimiento parcial de un área.
Los proponentes podrán conformar consorcios para la presentación de las propuestas, de conformidad con las normas previstas en el Decreto-ley 222 de 1983 y las que lo modifiquen o adicionen, sin perjuicio del cumplimiento de las calidades exigidas a cada uno de ellos en el pliego de condiciones. Toda propuesta de un consorcio en la cual participe directa o indirectamente un operador público de telefonía fija o convencional será considerada para la red A.
Toda propuesta que se presente en forma incondicionada se tomará para todos los efectos como básica.