El Ministerio de Salud ejercerá la evaluación y control sobre los aspectos relativos a:
Número de pacientes atendidos.
Acciones médico-quirúrgicas.
Suministros e insumos hospitalarios gastados.
Causa de egreso y pronóstico.
Condición del paciente frente al ente hospitalario.
Los demás factores que constituyen costos del servicio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la presente ley.