Micelio

Artículo 33

Ley 25 de 1923 · Orgánica del Banco de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los directores y el Gerente del banco que autoricen o ejecuten operaciones prohibidas en esta Ley, incurrirán, cada vez, en la pena de multa de $ 500 a $ 2,000 que les impondrá el Superintendente bancario, y serán removidos de sus cargos. Si de tales operaciones se hubieren seguido perjuicios al Banco, serán personal y solidariamente responsables de tales perjuicios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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