º. Para los efectos del Artículo 19 del Decreto 406 de 1933, los empleados pagadores descontarán proporcionalmente por décadas, quincenas o mensualidades, a los empleados, pensionados y trabajadores de las obras públicas, las sumas que les correspondan por concepto de la cuota militar trimestral de la defensa nacional. La cuota correspondiente a los meses de enero y febrero podrá repartirse en el primero y segundo trimestre de este año.
Decreto 508 de 1933 →Vigente
Artículo 2
Para Los Efectos Del Artículo 19 Del Decreto 406 De 1933, Los Empleados Pagadores Descontarán Proporcionalmente Por Décadas, Quincenas O Mensualidades, A Los Empleados, Pensionados Y Trabajadores De Las Obras Públicas, Las Sumas Que Les Correspondan Por Concepto De La Cuota Militar Trimestral De La Defensa Nacional
Decreto 508 de 1933 · Por el cual se complementa el 406 de 25 de febrero de 1933
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.