Derogado.
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LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.7.2.3.2. Formato del formulario único manual. Los formularios para el juego de apuestas permanentes o chance que sean diligenciados manualmente, deberán ser impresos en papel de seguridad, con un color para el original y el otro para la copia, agruparse en talonarios de cincuenta (50) unidades en original y una copia y su tamaño será determinado por la entidad concedente.
(Art. 9 Decreto 1350 de 2003)
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