Micelio

Artículo 8

La Empresa Servicio Naviero Armada República De Colombia, Senarc, Estará Dirigida, Administrada Y Orientada Por La Junta Directiva, El Gerente Y Los Demás Funcionarios Que La Junta Determine, Quienes Desempeñarán Sus Funciones Dentro De Las Facultades Y Con Las Atribuciones Que Este Decreto Y Los Estatutos Les Confieran, Y En Lo No Previsto En Ellos, En Armonía Con Las Leyes Vigentes

Decreto 100 de 1984 · Por el cual se crea el Servicio Naviero Armada República de Colombia, SENARC.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 8º La Empresa Servicio Naviero Armada República de Colombia, SENARC, estará dirigida, administrada y orientada por la Junta Directiva, el Gerente y los demás funcionarios que la Junta determine, quienes desempeñarán sus funciones dentro de las facultades y con las atribuciones que este Decreto y los estatutos les confieran, y en lo no previsto en ellos, en armonía con las leyes vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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