Artículo segundo. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábranse los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la actual vigencia:
Artículo 2
Ley 40 de 1980 · por la cual se hacen unos contracréditos y se efectúan unos créditos adicionales y traslados, en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1980 (Departamentos Administrativos de Planeación Nacional, Seguridad y Aeronáutica Civil, Ministerios de Gobierno, Relaciones Exteriores, Justicia, Hacienda y Crédito Público, Defensa, Policía Nacional, Agricultura, Salud, Desarrollo Económico, Comunicaciones y Obras Públicas y Transporte, Registraduría Nacional y Ministerio Público), por $ 704.598.273.00
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.