°. Vigencia. El presente decreto rige a partir del 1° de enero de 2018 y modifica a partir de la misma fecha, el artículo 1.2.1.22.9 del Capítulo 22 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto número 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria.
Decreto 2119 de 2017 →Vigente
Artículo 2
Vigencia
Decreto 2119 de 2017 · por el cual se modifica a partir del 1° de enero de 2018 el artículo 1.2.1.22.9 del Capítulo 22 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto número 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, para reglamentar el numeral 8 del artículo 235-2 del Estatuto Tributario.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.