Este reconocimiento i ordenacion del pago se hará aunque el derecho del reclamate haya prescrito conforme al artículo 54 de la lei 4.ª de junio de 1851, orgánica de la Administracion de la Hacienda nacional, i al 59 de la de 4 de julio de 1866, que prorogó el término para la prescripcion.
Ley 108 de 1880 →Vigente
Artículo 1
Ley 108 de 1880 · Que ordena la liquidación, reconocimiento i pago de un crédito
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.