Articulo 32. Funciones y atribuciones : Corresponden al Gerente las siguientes
Constituir mandatarios que representen judicial y extra judicialmente a la Sociedad;
Proveer aquellos cargos o empleos cuyo nombramiento no se haya reservado la Junta Directiva, remover a los nombrados, aceptar renuncias y designar interino, mientras la Junta provee en propiedad cuando a ella corresponda esta función;
Convocar a la Asamblea General a sesiones extraordinarias, cuando lo juzgue conveniente o necesario y convocar igualmente a la Junta Directiva por conducto de su Presidente;
Presentar a la Asamblea General de Accionistas, en sus sesiones ordinarias, por conducto de la Junta Directiva, una memoria detallada sobre la marcha general de los nrgocios sociales y sobre las perspectivas de los mismos negotios;
Presentar oportunamente a la Junta Directiva las cuentas, inventarios, el balance de fin de ejercicio y la discreminaeión de la cuenta, de pérdidas y ganancias, un proyecto de distribución de utilidades o de cancelación o contabilización de las pérdidas registradas y el informe de que trata el ordinal anterior; f).Presentar oportunamente a la Oficina de Planeación del Ministerio, de Defensa Nacional y antes de llevarlos a consideración de la Junta Directiva, los proyectos y presupuestes y los planes de inversión de la corporación; rendir a la misma oficina los informes, en la forma que ésta lo determine, sobre el estado de ejecución de los programas de ia sociedad, y al Presidente de la República por conducto del Ministro de Defensa Nacional, los Generales o periódicos y Jos particulares que le .soliciten, sobre las actividades desarrolladas, la situación general de la Sociedad y las medidas adoptadas que pueden afectar el curso de la política del Gobierno dentro del ramo en que opera la corporación: g) Presentar a la Junta Directiva, el balance de prueba fechado el último día de cada .mes; h) Dirigir coordinar, vigilar y controlar el desarrollo de los negocios sociales de cada período con sujeción a los planes generales, los programas y presupuestos aprobados por la Junta Directiva, y proponerle las modificaciones que la práctica le vaya indicando para facilitar o intensificar su ejecución; i) Mantener a la Junta Directiva permanente y detalla damente informada de la marcha de les negocios sociales de la manera como se están cumpliendo ios planes, programas y presupuesto, y suministrarle todo; los dalos e informes que le solicite, obligaciones que cumplirá, respectó de los comités asesores que aquella cree, en cuanto al radio de operación señalado a cada uno de ellos; j) Cumplir y hacer cumplir todas Jas decisiones de ia Asamblea General y de la Junta Directiva: k) Delegar en cualquier persona, la facultad de representar en. Jas Juntas de Socios o en las Asambleas de Accionistas, las cuotas o acciones que la corporación tenga en otras compañías; l) Celebrar, con previa autorización de la Jueta Directiva, los actos y contratos a que e refieren los ordinales 1), m) n) y o artículo 24 cualquiera nue seo su cuantía, y celebrar libremente todos los demás, pero con sujeción a los planes, programas y presupuestos aprobados por aquélla, cuando sus cuantías sean inferiores a las previstas en el ordinal p) del mismo articulo, pues, en caso contrario, requerirá también la previa, aprobación de la Junta, y m) Ejercer todas las demás funciones que le confieren los estatutos o las leyes, así como las que por naturaleza de su cargo le corresponden.