Micelio

Artículo 32

Funciones Y Atribuciones : Corresponden Al Gerente Las Siguientes: A) Constituir Mandatarios Que Representen Judicial Y Extra Judicialmente A La Sociedad; B) Proveer Aquellos Cargos O Empleos Cuyo Nombramiento No Se Haya Reservado La Junta Directiva, Remover A Los Nombrados, Aceptar Renuncias Y Designar Interino, Mientras La Junta Provee En Propiedad Cuando A Ella Corresponda Esta Función; C) Convocar A La Asamblea General A Sesiones Extraordinarias, Cuando Lo Juzgue Conveniente O Necesario Y Convocar Igualmente A La Junta Directiva Por Conducto De Su Presidente; D) Presentar A La Asamblea General De Accionistas, En Sus Sesiones Ordinarias, Por Conducto De La Junta Directiva, Una Memoria Detallada Sobre La Marcha General De Los Nrgocios Sociales Y Sobre Las Perspectivas De Los Mismos Negotios; E) Presentar Oportunamente A La Junta Directiva Las Cuentas, Inventarios, El Balance De Fin De Ejercicio Y La Discreminaeión De La Cuenta, De Pérdidas Y Ganancias, Un Proyecto De Distribución De Utilidades O De Cancelación O Contabilización De Las Pérdidas Registradas Y El Informe De Que Trata El Ordinal Anterior; F)

Decreto 591 de 1977 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana, S. A.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 32. Funciones y atribuciones : Corresponden al Gerente las siguientes

a)

Constituir mandatarios que representen judicial y extra judicialmente a la Sociedad;

b)

Proveer aquellos cargos o empleos cuyo nombramiento no se haya reservado la Junta Directiva, remover a los nombrados, aceptar renuncias y designar interino, mientras la Junta provee en propiedad cuando a ella corresponda esta función;

c)

Convocar a la Asamblea General a sesiones extraordinarias, cuando lo juzgue conveniente o necesario y convocar igualmente a la Junta Directiva por conducto de su Presidente;

d)

Presentar a la Asamblea General de Accionistas, en sus sesiones ordinarias, por conducto de la Junta Directiva, una memoria detallada sobre la marcha general de los nrgocios sociales y sobre las perspectivas de los mismos negotios;

e)

Presentar oportunamente a la Junta Directiva las cuentas, inventarios, el balance de fin de ejercicio y la discreminaeión de la cuenta, de pérdidas y ganancias, un proyecto de distribución de utilidades o de cancelación o contabilización de las pérdidas registradas y el informe de que trata el ordinal anterior; f).Presentar oportunamente a la Oficina de Planeación del Ministerio, de Defensa Nacional y antes de llevarlos a consideración de la Junta Directiva, los proyectos y presupuestes y los planes de inversión de la corporación; rendir a la misma oficina los informes, en la forma que ésta lo determine, sobre el estado de ejecución de los programas de ia sociedad, y al Presidente de la República por conducto del Ministro de Defensa Nacional, los Generales o periódicos y Jos particulares que le .soliciten, sobre las actividades desarrolladas, la situación general de la Sociedad y las medidas adoptadas que pueden afectar el curso de la política del Gobierno dentro del ramo en que opera la corporación: g) Presentar a la Junta Directiva, el balance de prueba fechado el último día de cada .mes; h) Dirigir coordinar, vigilar y controlar el desarrollo de los negocios sociales de cada período con sujeción a los planes generales, los programas y presupuestos aprobados por la Junta Directiva, y proponerle las modificaciones que la práctica le vaya indicando para facilitar o intensificar su ejecución; i) Mantener a la Junta Directiva permanente y detalla damente informada de la marcha de les negocios sociales de la manera como se están cumpliendo ios planes, programas y presupuesto, y suministrarle todo; los dalos e informes que le solicite, obligaciones que cumplirá, respectó de los comités asesores que aquella cree, en cuanto al radio de operación señalado a cada uno de ellos; j) Cumplir y hacer cumplir todas Jas decisiones de ia Asamblea General y de la Junta Directiva: k) Delegar en cualquier persona, la facultad de representar en. Jas Juntas de Socios o en las Asambleas de Accionistas, las cuotas o acciones que la corporación tenga en otras compañías; l) Celebrar, con previa autorización de la Jueta Directiva, los actos y contratos a que e refieren los ordinales 1), m) n) y o artículo 24 cualquiera nue seo su cuantía, y celebrar libremente todos los demás, pero con sujeción a los planes, programas y presupuestos aprobados por aquélla, cuando sus cuantías sean inferiores a las previstas en el ordinal p) del mismo articulo, pues, en caso contrario, requerirá también la previa, aprobación de la Junta, y m) Ejercer todas las demás funciones que le confieren los estatutos o las leyes, así como las que por naturaleza de su cargo le corresponden.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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