Micelio

Artículo 566

Tienen La Facultad De Convocar Consejos De Guerra Verbales, Los Mismos Jueces De Primera Instancia Señalados Para El Procedimiento De Consejo De Guerra, Con La Misma Jurisdicción Y Competencia

Decreto 250 de 1958 · Junta militar de gobierno- por el cual se expide el código de justicia penal militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Tienen la facultad de convocar Consejos de Guerra Verbales, los mismos Jueces de Primera Instancia señalados para el procedimiento de Consejo de Guerra, con la misma jurisdicción y competencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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