Micelio

Artículo 81

: El Programa De Mejoramiento, Vigilancia Y Control De La Calidad Del Agua Tendrá Los Siguientes Objetivos: A) Verificar El Cumplimiento De Las Normas Legales Establecidas Para Los Sistemas De Suministro De Agua

Decreto 2105 de 1983 · Por el cual se reglamenta parcialmente el título II de la Ley 09 de 1979 en cuanto a potabilización del agua.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

: El programa de mejoramiento, vigilancia y control de la calidad del agua tendrá los siguientes objetivos

a)

Verificar el cumplimiento de las normas legales establecidas para los sistemas de suministro de agua.

b)

Orientar los diferentes recursos físicos, humanos y financieros hacia el mejoramiento de los sistemas de suministro de agua.

c)

Mejorar la capacidad instalada en el país para el control de la calidad del agua en los sistemas de suministro.

d)

Coordinar desde el punto de vista sanitario los diferentes programas de protección de fuentes y hoyas hidrográficas y de divulgación sobre la importancia de la calidad del agua.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2105 de 1983