Micelio

Artículo 2

Ley 86 de 1948 · Por la cual se concede un auxilio para la reconstrucción de la Casa Municipal de Viracachá, en Boyacá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Estos fondos serán invertidos en la construcción de la Casa Municipal del Municipio a que se destinan de acuerdo con los planos y presupuesto aprobados por la Secretaria de Obras Públicas del Departamento de Boyacá y los muebles que a juicio de aquella dependencia sean indispensables a la prestación del servicio a q se destina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 86 de 1948