Para el pago ó arreglo de las garantías de interés, subsidios, subvenciones ó auxilios de cualquier género que, en virtud de contrato, se comprometa el Gobierno á dar para la construcción de ferrocarriles, podrá el Gobierno emitir y perfeccionar los documentos de crédito que estime convenientes en la forma, por el tiempo y con las condiciones que hallare más acertadas, según el caso. Estos documentos de crédito podrán afectar la renta de aduanas ú otra cualquiera de las rentas nacionales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.