Micelio

Artículo 2

Ley 29 de 1969 · Por la cual se dictan normas sobre composición y funcionamiento de las Asambleas Departamentales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Diputados a las Asambleas Departamentales serán elegidos para períodos de dos años y son reelegibles indefinidamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 29 de 1969