Articulo 1° A partir del 16 de febrero del presente año, encargase a la Zona de Carreteras Nacionales de Corozal, de la conservación de la carretera Barranquilla-Cartagena, la cual se atenderá con la partida destinada para gastos de sostenimiento de esa Zona.
Decreto 202 de 1951 →Vigente
Artículo 1
A Partir Del 16 De Febrero Del Presente Año, Encargase A La Zona De Carreteras Nacionales De Corozal, De La Conservación De La Carretera Barranquilla-Cartagena, La Cual Se Atenderá Con La Partida Destinada Para Gastos De Sostenimiento De Esa Zona
Decreto 202 de 1951 · Por el cual se suprimen unos cargos en el Ministerio de Obras Publicas Carreteras, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.