Artículo único. Distribúyese la cuota del 10% del cupo de exportación de banano a Alemania, reservada por Decreto número 2298 de 1950 (julio 13), en la siguiente forma: Industrial y Frutera, S. A., 1%; Compañía Comercial del Magdalena, Limitada, 2%; Unión de Bananeros, Limitada, 3½%; Consorcio Bananero, Limitada, 1%; Cooperativa Agrícola del Magdalena, Limitada, 2%; Joaquín Fernández de Castro, ½%. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2757 de 1950 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2757 de 1950 · por el cual se efectúa la repartición de un 10% de la cuota de exportación de banano a Alemania.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.