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Artículo 5

Oficina Asesora Jurídica

Decreto 115 de 2010 · por el cual se establece la estructura de la Unidad Administrativa Especial Comisión de Regulación en Salud, CRES, y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Oficina Asesora Jurídica . Son funciones de la Oficina Asesora Jurídica, las siguientes

1.

Emitir los conceptos jurídicos que se sometan a su consideración, relacionados con las funciones de la Institución.

2.

Elaborar los proyectos de actos administrativos que deba expedir la Comisión de Regulación en Salud, Comisionado Experto que detenta la vocería y el Coordinador Ejecutivo, así como los actos administrativos que resuelvan los recursos interpuestos.

3.

Verificar la legalidad de todos los actos administrativos y documentos expedidos por la Institución.

4.

Representar judicial y extrajudicialmente a la Institución mediante poder o delegación que le otorgue el Coordinador Ejecutivo en los procesos que se instauren en su contra o que este deba promover, e informar sobre el desarrollo de los mismos, así como la atención de las tutelas, acciones de cumplimiento y demás acciones que se inicien contra la Institución.

5.

Compilar, actualizar y sistematizar la legislación, normatividad, jurisprudencia y doctrina relacionadas con las competencias y funciones o con las actividades de la entidad.

6.

Apoyar el proceso contractual de la Entidad.

7.

Asesorar en materia jurídica a todas las dependencias de la Comisión de Regulación en Salud, sobre todos aquellos aspectos sometidos a consideración de la entidad.

8.

Notificar los actos administrativos expedidos por la Comisión de Regulación en Salud, el Comité de Comisionados Expertos, el Comisionado Experto Vocero y el Coordinador Ejecutivo.

9.

Sustanciar para decisión del Coordinador Ejecutivo la segunda instancia de los procesos disciplinarios que se adelanten por la Institución.

10.

Aprobar y llevar el registro de las garantías contractuales otorgadas a favor de la entidad, controlar su vencimiento, renovación y en general el cumplimiento de las obligaciones legales contraídas por los contratistas.

11.

Apoyar jurídicamente a todas las dependencias en la elaboración de los pliegos de condiciones para las licitaciones y demás requerimientos de los procesos de selección que deba realizar la institución.

12.

Publicar o comunicar los actos administrativos que expida la Comisión de Regulación en Salud con apoyo de la Subdirección Administrativa y Financiera.

13.

Las demás que se le asignen de acuerdo a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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