Traspasos y cesiones . A partir de la vigencia del presente Decreto, el INPEC no podrá comprometer recursos de inversión que por mandato legal pasan al Ministerio de Justicia y del Derecho, y en el término de dos (2) meses contados a partir de la publicación de este Decreto deberá traspasar al Ministerio de Justicia y del Derecho los inmuebles a que hubiere lugar, realizando los actos que sean necesarios, los cuales no causarán derechos notariales y de registro, ni cargo adicional alguno. Así mismo como consecuencia del traslado de las funciones del INPEC al Ministerio de Justicia y del Derecho a que se refiere el presente decreto, son objeto de cesión, traspaso y entrega al Ministerio de pleno derecho todos los contratos, convenios y recursos relacionados directamente con el objeto y funciones del Fondo; los documentos, bienes, títulos e inversiones relacionados con ellos; así como los muebles asignados a las dependencias suprimidos.
Decreto 1169 de 1999 →Inexequible
Artículo 37
Decreto 1169 de 1999 · por el cual se reestructura el Ministerio de Justicia y del Derecho y se dictan disposiciones relacionadas con el Fondo Nacional de Notariado y con el Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.