Micelio

Artículo 1

º Apruébase El Acuerdo Número 0026 Del 5 De Mayo De 1987, De La Junta Directiva Del Instituto Nacional De Los Recursos Naturales Renovables Y Del Ambiente -Inderena- Cuyo Texto Es El Siguiente: "acuerdo Numero 0026 De 1987 (Mayo 5) Por El Cual Se Modifica Parcialmente La Estructura Interna Del Instituto Nacional De Los Recursos Naturales Renovables Y Del Ambiente - Inderena

Decreto 1569 de 1987 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 0026 del 5 de mayo de 1987, de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Recursos Renovables y del Ambiente - Inderena, mediante el cual se modifica parcialmente la estructura interna Inderna.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Apruébase el Acuerdo número 0026 del 5 de mayo de 1987, de la Junta Directiva del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente -Inderena- cuyo texto es el siguiente: "ACUERDO NUMERO 0026 DE 1987 (mayo 5) por el cual se modifica parcialmente la estructura interna del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente - Inderena. La Junta Directiva del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente - Inderena, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y oído el concepto de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República, ACUERDA: Artículo 1° Suprimir las regionales de Cesar y Norte de Santander y en consecuencia modificar el artículo segundo (2°) del Acuerdo número 0040 de 1985, el cual quedará así: El Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente - Inderena, desarrollará sus actividades en el país a través de las siguientes Direcciones Regionales: REGIONAL SEDE Amazonas Leticia Antioquia Medellín Arauca Arauca Atlántico Barranquilla Bolívar Cartagena Boyacá Casanare Tunja Caldas Manizales Caquetá Florencia Cauca Popayán Cundinamarca Bogotá Guajira Riohacha Huila Neiva Llanos Orientales Villavicencio Magdalena Santa Marta Pacífico Medio Buenaventura Santander Bucaramanga Sucre Sincelejo

Parágrafo

El Instituto continuará desarrollando sus funciones en los Departamentos del Cesar y Norte de Santander a través de las Direcciones Regionales, Magdalena y Santander, hasta que se produzca la entrega definitiva de las funciones a las Corporaciones del Cesar y Nor-Oriental. Artículo 2° Modificar el artículo sesenta y ocho (68) del Acuerdo número 040 de 1981 en el sentido de adicionar a la estructura de las Direcciones Regionales la Sección Ambiental, que tendrán las siguientes funciones

a)

Formular y evaluar los términos de referencia de los estudios ambientales para los diferentes proyectos que se pretendan adelantar en las zonas de su jurisdicción;

b)

Evaluar las declaraciones del efecto ambiental y de estudios ecológicos ambientales y conceptuar sobre la viabilidad ambiental de los pequeños y medianos proyectos que se pretendan adelantar en el área de su jurisdicción;

c)

Elaborar y presentar periódicamente a la Subgerencia del Medio Ambiente informes de calidad ambiental Regional;

d)

Determinar desde el punto de vista ecológico, situaciones y zonas críticas dentro del área de su jurisdicción;

e)

Realizar el seguimiento ambiental de los proyectos, evaluando el cumplimiento de las obras y medidas de mitigación, así como el efecto de las mismas sobre el Ecosistema;

f)

Levantar en forma gradual el plan de ordenamiento ambiental en la zona de su jurisdicción;

g)

Realizar muestreos esporádicos a fin de determinar la calidad de los Recursos Naturales Renovables en la zona de su jurisdicción;

h)

Montar experiencias a nivel de laboratorio y piloto sobre posibles soluciones a la contaminación ambiental aplicables a la región;

i)

Promocionar y participar en investigaciones y proyectos de estudio a nivel de secundaria y universitaria sobre la ecología, el ambiente y su calidad a nivel Regional. Artículo 3° El presente Acuerdo revoca en todas sus partes el Acuerdo número 0019 de marzo 19 de 1987 y rige a partir de la publicación del Decreto de aprobación expedido por el Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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