Micelio

Artículo 1

Crease La Administración De Hacienda Nacional Del Departamento De Córdiga, Con Jurisdicción, En Todo El Territorio De Dicho Departamento, Cuya Cabecera Será La Ciudad De Montería, Compuesta De Las Siguientes Recaudaciones De Hacienda Nacional:' Recaudaciones De Circuito

Decreto 2867 de 1952 · Por el cual se créa la Administración de Hacienda Nacional del Departamento de Córdoba y se señala el personal de la misma y sus asignaciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Crease la Administración de Hacienda Nacional del Departamento de Córdiga, con jurisdicción, en todo el territorio de dicho Departamento, cuya cabecera será la ciudad de Montería, compuesta de las siguientes Recaudaciones de Hacienda Nacional:' Recaudaciones de Circuito. Ayapel, Chinú, Cereté, Lorica y Sáhagún. Recaudaciones Municipales. Ciénaga de Oro, Chima, Momil: (Purísima), San Andrés de Sotavento, San Antero, San Bernardo del Viento, San Carlos, San Pelayo y Tierra Alta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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