°. Funciones de la Junta Directiva . Son funciones de la Junta Directiva de la Empresa Nacional Promotora del Desarrollo Territorial (ENTerritorio), además de las establecidas en el artículo 90 de la Ley 489 de 1998, las siguientes
Establecer las metas y objetivos de corto, mediano y largo plazo de la empresa.
Definir las líneas de negocio que maneja la empresa.
Velar por que los programas y proyectos que adelante la empresa se encuentren enmarcados en el Plan Nacional de Desarrollo, así como las demás políticas del Gobierno nacional o territorial.
Aprobar u objetar los estados financieros de la empresa.
Aprobar la distribución de los excedentes financieros y las reservas correspondientes, conforme lo asignado por el Conpes.
Disponer si lo considera conveniente, la conformación de reservas especiales para atender obligaciones contingentes.
Aprobar la emisión de bonos y definir sus características.
Determinar y modificar, cuando se requiera, la estructura administrativa de la planta de personal para someterla a aprobación del Gobierno nacional.
Crear los Comités de Junta Directiva que se requieran para el buen Gobierno Corporativo.
Revisar periódicamente los informes generados por los comités de Junta Directiva.
Definir los lineamientos estratégicos para la gestión del Talento Humano; así mismo podrá evaluar y decidir respecto de las capacidades y el perfil de los Servidores Públicos, para lo cual podrá conformar con algunos de sus miembros y participación de quien el Gerente delegue, comités extraordinarios en los cuales se adopten objetivos, criterios, lineamientos y recomendaciones para la Junta Directiva.
Aprobar la creación de grupos de trabajo de la entidad, permanentes o transitorios, teniendo en cuenta su estructura, planes, programas y necesidades del servicio.
Autorizar la celebración de negocios cuando su cuantía supere cuatrocientos mil (400.000) UVT.
Determinar la distribución, funciones generales y remuneración de los trabajadores oficiales, de la empresa, de conformidad con las normas legales.
Fijar las directrices y políticas para las negociaciones colectivas, atendiendo las pautas generales fijadas por el Gobierno nacional.
Autorizar la enajenación de los activos inmuebles que hacen parte del patrimonio de la Empresa.
Las demás que le sean asignadas y las que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de su competencia.