Micelio

Artículo 2.6.1.2.41

Personería Jurídica Y Autorización De Funcionamiento

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Personería jurídica y autorización de funcionamiento . La ventanilla única de que trata el artículo 47 del Decreto-ley 019 de 2012 o la entidad recaudadora, deberá obtener de la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor, personería jurídica y autorización de funcionamiento, previo cumplimiento de los siguientes requisitos

1.

Acta del Consejo Directivo o de la Asamblea General de cada una de las sociedades de gestión colectiva o titulares de derecho de autor o de derechos conexos que constituyen la ventanilla única o la entidad recaudadora, donde conste su voluntad inequívoca de autorizar su conformación y de pertenecer a esta. En caso de que se trate de un gestor individual, comunicación escrita indicando su voluntad inequívoca de autorizar su conformación y de pertenecer a esta.

2.

Copia del acta en donde conste la constitución y aprobación de los estatutos de la ventanilla única o de la entidad recaudadora, suscrita por los representantes legales de las sociedades de gestión colectiva y de los demás titulares que la integran.

3.

Copia de los estatutos debidamente aprobados.

4.

Copia de las tarifas o del mecanismo previsto para la fijación de mismas, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 del Decreto-ley 019 de 2012, definidas para la ventanilla única o la entidad recaudadora.

5.

Copia de los reglamentos de contabilidad, tesorería, cartera, recaudo y distribución.

Parágrafo

El reglamento de distribución deberá indicar la fecha en la cual la ventanilla única o la entidad recaudadora efectuará los respectivos repartos a las sociedades o titulares que la integren. (Decreto 3942 de 2010, artículo 54; Decreto 2717 de 2012, artículo 1°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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