Normalmente la Policía Nacional actúa en su función preventiva en coordinación con la autoridad política del lugar. En caso de empleo simultáneo de Policía y Fuerzas Militares, se procederá de acuerdo con los planes previstos, o en su defecto, en completa coordinación según los reglamentos que se expidan. CAPITULO IV De la vigilancia privada
Decreto 2347 de 1971 →Vigente
Artículo 13
Normalmente La Policía Nacional Actúa En Su Función Preventiva En Coordinación Con La Autoridad Política Del Lugar
Decreto 2347 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.