Artículo primero. A partir del primero, (1º) de octubre créase en la ciudad de Santa Marta un Centro de Higiene con los siguientes servicios, personal y asignaciones: Dirección. Mensual. Un Director, que será a la vez Jefe del Dispensario Autituberculoso $ 550.00 Un Secretario-Pagador 250.00 Un Oficial de Estadística 220.00 Una Mecanógrafa, encargada del Kárdex y Control de Estupefacientes 130.00 Un Portero-Citador 60.00 Dispensario Antituberculoso. Dos Enfermeras; a $ 150 cada una 300.00 Un Portero-Salonero 60.00 Instituto de Higiene Social. Un Médico Jefe, a medio tiempo 300.00 Una Enfermera Jefe 150.00 Una Auxiliar de Enfermería 140.00 Un Enfermero del Puesto Profiláctico y del Servicio de Hombres 148.00 2 Sirvientas, a $ 30 cada una 60.00 Un Portero Citador 60.00 Higiene Materno-lnfantil. Un Médico Pediatra y Puericultor, a medio tiempo 300.00 Un Médico para Consultorio Pre-natal y, Vigilancia de Partos (3 horas diarias) 200.00 Un Médico Pediatra para el Consultorio del Niño Enfermeo, en el Hospital (2 horas diarias) 150.00 Un Odontólogo, a medio tiempo 250.00 Una Auxiliar de Enfermería, Coordinadora de los Servicios 160.00 Una Auxiliar de Enfermería para el Consultorio Pre-natal 140.00 3 Visitadoras de Higiene Pública, a $ 110 cada una 120.00 Una Auxiliar de Enfermería para la Sala-Cuna 140.00 Una Cocinera 50.00 2 Niñeras y de Servicios, a $ 30 cada una 60.00 Una Lavadora 30.00 Laboratorio de Higiene Pública. Un Laboratorista, a medio tiempo 200.00 Un Preparador 90.00 Sostenimiento 1.500.00
Decreto 3551 de 1948 →Vigente
Artículo 1
Decreto 3551 de 1948 · Por el cual se organizan unos servicios y se reforman los Decretos números 1440 del 11 de mayo de 1946 y 3615 del 7 de noviembre de 1947
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.