Micelio

Artículo 60

Ley 23 de 1912 · Sobre división territorial judicial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El conocimiento de los negocios relativos a elecciones que competen a los Jueces del Circuito, corresponde a los del ramo civil, v cuando en la cabecera del Circuito a que hubiere de corresponder el negocio haya más de un Juez de dicho ramo, ese conocimiento se determinará por repartimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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