El que obtenga el acceso carnal con una mujer mayor de catorce años, empleando al efecto maniobras engañosas o supercherías de cualquier género, o seduciéndola mediante promesa formal de matrimonio, estar sujeto a la pena de uno a seis años de prisión. A la misma pena estará sujeto el que tenga acceso carnal con una persona que padezca de alienación mental o que se halle en estado de inconsciencia.
Decreto 2300 de 1936 →Vigente
Artículo 319
El Que Obtenga El Acceso Carnal Con Una Mujer Mayor De Catorce Años, Empleando Al Efecto Maniobras Engañosas O Supercherías De Cualquier Género, O Seduciéndola Mediante Promesa Formal De Matrimonio, Estar Sujeto A La Pena De Uno A Seis Años De Prisión
Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.