º. El descuento tributario a que se refiere el artículo anterior, se reconocerá también a los contribuyentes que hubiesen efectuado donaciones en dinero o en especie, después del 13 de noviembre de 1985, y hasta el 31 de diciembre de 1987, con destino a los damnificados de la actividad volcánica del Nevado del Ruiz, o al resarcimiento de los daños respectivos, siempre y cuando exista un acuerdo entre el donante o el donatario, y "Resurgir" que garantice que el uso de los recursos sea efectivamente el indicado atrás.
Decreto 3830 de 1985 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 3830 de 1985 · Por el cual se dictan medidas temporales de carácter tributario y otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.