º Cauce del Rio San Juan Número Seis . De la mina de oro en aluvión denominada "Cauce del Río San Juan Número Seis", ubicada en el cauce del Río San Juan, jurisdicción del Municipio de Istmina en el Departamento del Chocó, cuyo título de adjudicación está distinguido en el número 1.070 y que fue expedido por la Gobernación del Departamento del Cauca con fecha 23 de mayo de 1898 y cuyos linderos según la diligencia de posesión son los siguientes: "Habiendo tomado por base el límite inferior de la mina denominada 'Cauce del Río San Juan Número Cinco', el cual está demarcado con la casa de habitación de Juan de la Cruz Murillo sita en la ribera derecha del Río San Juan quinientos metros arriba de la desembocadura del Río Tamaná se midieron cinco kilómetros por ambas márgenes del Río San Juan aguas abajo, los que terminaron cien metros abajo de la boca de la quebrada Guiniguine punto que se marcó como mojón".
Decreto 199 de 1991 →Vigente
Artículo 5
º Cauce Del Rio San Juan Número Seis
Decreto 199 de 1991 · por el cual se declaran de reserva especial, unos yacimientos y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.