Micelio

Artículo 44

División De Procedimientos De Personal

Decreto 2203 de 1993 · por el cual se desarrollan la estructura orgánica y las funciones de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 44. División de Procedimientos de Personal. Son funciones de la División de Procedimiento de Personal

1.

Presentar al Subdirector, proyectos de disposiciones y estudios relacionados con nombramientos, ingreso al escalafón, ascensos, clasificación, destinación, comisión, traslados y todo lo relacionado con la administración de personal.

2.

Presentar al Subdirector la política, elaboración de instrumentos, fijación de métodos, procedimientos y realización de proyectos encaminados a la administración de personal.

3.

Coordinar todo lo relacionado con la información necesaria para mantener actualizada la base de datos sistematizados del personal.

4.

Ejercer control sobre el cumplimiento de los planes, procedimientos y políticas de administración de personal.

5.

Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2203 de 1993