ARTICULO 44. División de Procedimientos de Personal. Son funciones de la División de Procedimiento de Personal
Presentar al Subdirector, proyectos de disposiciones y estudios relacionados con nombramientos, ingreso al escalafón, ascensos, clasificación, destinación, comisión, traslados y todo lo relacionado con la administración de personal.
Presentar al Subdirector la política, elaboración de instrumentos, fijación de métodos, procedimientos y realización de proyectos encaminados a la administración de personal.
Coordinar todo lo relacionado con la información necesaria para mantener actualizada la base de datos sistematizados del personal.
Ejercer control sobre el cumplimiento de los planes, procedimientos y políticas de administración de personal.
Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.