Micelio

Artículo 33

º Son Funciones De La Division Financiera: A) Elaborar El Anteproyecto De Presupuesto De La Dirección General De Impuestos Nacionales; B) Realizar Las Operaciones Presupuestales, Contables, De Tesorería, Publicaciones Y Servicios Generales Que Le Correspondan Según Las Normas Que Regulan El Fondo De Divulgación Tributaria; C) Propender Por El Correcto Funcionamiento Logístico De Las Administraciones De Impuestos Nacionales Del Nivel Central; D) Ejecutar El Presupuesto Asignado A La Dirección General De Impuestos Nacionales

Decreto 2543 de 1987 · por el cual se adecua la Dirección General de Impuestos Nacionales a la nueva estructura impositiva.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º SON FUNCIONES DE LA DIVISION FINANCIERA

a)

Elaborar el anteproyecto de presupuesto de la Dirección General de Impuestos Nacionales;

b)

Realizar las operaciones presupuestales, contables, de tesorería, publicaciones y servicios generales que le correspondan según las normas que regulan el Fondo de Divulgación Tributaria;

c)

Propender por el correcto funcionamiento logístico de las Administraciones de Impuestos Nacionales del nivel central;

d)

Ejecutar el presupuesto asignado a la Dirección General de Impuestos Nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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