Micelio

Artículo 3

º La Bonificación No Constituye Factor De Salario Para Ningún Efecto Legal Y Se Liquidará Con Base En El Salario Promedio Causado Durante El Último Año De Servicio

Decreto 1551 de 1994 · por el cual se reglamenta el pago de la bonificación a que tienen derecho los empleados públicos de la Contraloría General de la República que habiendo ocupado cargos de Carrera Administrativa no hayan sido escalafonados y se les haya suprimido el cargo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La bonificación no constituye factor de salario para ningún efecto legal y se liquidará con base en el salario promedio causado durante el último año de servicio. Para efectos del reconocimiento y el pago de esta bonificación se tendrá en cuenta exclusivamente los siguientes factores salariales

1.

La asignación básica mensual.

2.

La prima técnica.

3.

Los dominicales y festivos.

4.

Auxilios de alimentación y transporte.

5.

La prima de navidad.

6.

La bonificación por servicios prestados.

7.

La prima de servicios.

8.

La prima de vacaciones, y

9.

Los incrementos por jornada nocturna o en días de descanso obligatorio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1551 de 1994