Micelio

Artículo 2.5.12

Tablero De Control De La Mesa De Equidad

Decreto 1084 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Tablero de Control de la Mesa de Equidad. La Mesa de Equidad tendrá un Tablero de Control que será el principal instrumento de seguimiento y monitoreo de los indicadores de reducción de la pobreza y de otras desigualdades, el cual será la fuente para:

1.

Solicitar y aprobar ajustes a la oferta institucional existente o la creación de nue­vos programas, proyectos o intervenciones para la reducción de la pobreza y otras desigualdades, en cada sector o de manera intersectorial.

2.

Tomar decisiones de inversión y orientación del gasto frente a las prioridades territoriales y poblacionales.

3.

Realizar seguimiento al cumplimiento de las metas y decisiones tomadas por las entidades públicas en la Mesa de Equidad y al desarrollo de la oferta en pobla­ción vinculada a la Estrategia Unidos, que aporte al cumplimiento de las metas de reducción de la pobreza.

4.

Realizar seguimiento a las metas trazadoras para monitorear el avance en la re­ducción de la pobreza y de otras desigualdades que afectan a la población.

5.

Generar alertas ante retrasos o incumplimiento de las metas.

Parágrafo

La definición de las fuentes de información para el seguimiento a las metas establecidas por la Mesa de Equidad, así como su análisis y custodia estarán a cargo de la Secretaría Técnica.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1084 de 2015