Micelio

Artículo 9

La Superintendencia De Notariado Y Registro Tendrá Un Plazo De Seis (6) Meses Para La Puesta En Marcha De La Nueva Oficina Seccional De Registro De Instrumentos Públicos De Sibundoy Y La Supresión De La Oficina Seccional De Registro De Instrumentos Públicos De Cañasgordas (Antioquia) Y La Modificación De La Circunscripción Territorial De Las Oficinas De Registro De Frontino Y Mocoa

Decreto 1420 de 2016 · por el cual se suprime la Oficina Seccional de Registro de Instrumentos Públicos de Cañasgordas, se modifica el Círculo Registral de Medellín, se modifica la circunscripción territorial de la Oficina de Frontino y la competencia administrativa de la Oficina de Registro de Medellín Zona Norte en el Departamento de Antioquia, y se crea la Oficina Seccional de Registro de Instrumentos Públicos de Sibundoy, se modifica el Círculo Registral de Putumayo y se modifica la circunscripción territorial de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Mocoa en el departamento del Putumayo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La Superintendencia de Notariado y Registro tendrá un plazo de seis (6) meses para la puesta en marcha de la nueva Oficina Seccional de Registro de Instrumentos Públicos de Sibundoy y la supresión de la Oficina Seccional de Registro de Instrumentos Públicos de Cañasgordas (Antioquia) y la modificación de la circunscripción territorial de las Oficinas de Registro de Frontino y Mocoa.

Parágrafo

Las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos que se enuncian en el presente Decreto, continuarán prestando el servicio en la circunscripción territorial que en la actualidad tienen, hasta tanto la nueva oficina entre en funcionamiento y se suprima la oficina de Cañasgordas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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