Micelio

Artículo 2

Ley 23 de 1943 · Por la cual se honra la memoria de un investigador y se fija un auxilio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Fijase hasta la suma de seis mil pesos ($6.000.00) para la viuda y los hijos si los hubiere o para sus padres y hermanos de los investigadores científicos que, estando al servicio del Gobierno en Institutos o laboratorios oficiales, mueran o hubieren muerto a partir del primero de enero de mil novecientos cuarenta y dos, a consecuencia de infecciones adquiridas durante el ejercicio de sus funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 23 de 1943