Este recurso sólo procederá cuando se rechace o niegue el de apelación, caso en el cual el interesado, dentro del término de ejecutoria, podrá solicitar copias de la providencia impugnada y de las demás piezas pertinentes, las cuales se compulsarán dentro del término improrrogable de dos (2) días.
Del recurso de queja conocerá el Comandante General de las Fuerzas Militares.