Micelio

Artículo 3

Ley 43 de 1924 · por la cual se aprueba el Convenio Postal Boliviano, firmado en Caracas el 17 de julio de 1911

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se exoneran de todo derecho de conducción o porte:

1º La correspondencia oficial, comprendiéndose en esta la de los Agentes Diplomáticos y Consulares de los Estados signatarios y los despachos judiciales que dirijan de oficio los Tribunales respectivos.

2.

Los libros, folletos e impresos de todo género, en el sentido que les da el articulo XVIII del Reglamento de la Convención de Viena, y dentro del límite fijado por dicho Reglamento. En la remisión se preferirán siempre las publicaciones oficiales y los periódicos, cuando no sea posible la de todos los impresos que se depositen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 43 de 1924