º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial , y modifica el artículo 1º del Decreto 1531 del 9 de mayo de 2008.
Decreto 1635 de 2008 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1635 de 2008 · por el cual se corrige el Decreto 1531 del 9 de mayo de 2008
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.