° . Compras mínimas de material productivo subregional en vehículos automotores . Las empresas ensambladoras de vehículos automotores deberán incorporar en éstos un mínimo de material productivo de los países signatarios del Convenio de Complementación en el Sector Automotor, contenida en la Resolución 355 del 9 de diciembre de 1994 de la Junta del Acuerdo de Cartagena, de acuerdo con el Porcentaje Mínimo de Compras Subregionales, y para cada una de las categorías de vehículos definidos en los artículos 3 y 5 del presente Decreto.
Decreto 440 de 1995 →Vigente
Artículo 2
Decreto 440 de 1995 · por el cual se dictan normas en materia de incorporación de material orginario de los países signatarios del Convenio de Complementación en el Sector Automotor, contenido en la Resolución número 355 del 9 de diciembre de 1994 de la Junta del Acuerdo de Cartagena y se derogan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.