º. Acerías Paz del Río, S. A., queda autorizada para aumentar su capital en la suma necesaria, con el fin de emitir las acciones cuyo pago se autoriza en el artículo 2º del presente Decreto, e invertirá el producto de este aumento del capital en la siguiente forma: Para recoger el saldo de los bonos Internos del 6% y 8% emitidos Por la Empresa, $ 175.000.000.00. Para pagar al Fondo de Estabilización la deuda representada en un pagaré a cargo de la Empresa, $ $ 30.000.000.00. Para pagar deudas a cargo de la Empresa y a favor de bancos comerciales y para formar un capital de trabajo; $ 35.000.000.00. Para el ensanche de la planta según proyectos previamente aprobado por el Gobierno Nacional, $ 60.000.000.00.
Decreto 285 de 1955 →Vigente
Artículo 4
º
Decreto 285 de 1955 · Por el cual se provee a la financiación de Acerías Paz del Río, S. A., y del Instituto de Crédito Territorial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.