°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga transitoriamente las disposiciones que le sean contrarias.
Decreto 2653 de 2004 →Vigente
Artículo 3
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga Transitoriamente Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
Decreto 2653 de 2004 · por el cual se adiciona transitoriamente el artículo 4° del Decreto 2195 de 2001.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.