ARTICULO 39
Los idiomas oficiales de la Corte serán el francés y el inglés. Si las partes acordaren que el procedimiento se siga en francés, la sentencia se pronunciara en este idioma. Si acordaren que el procedimiento se siga en inglés, en este idioma se pronunciara la sentencia.
A falta de acuerdo respecto del idioma que ha de usarse cada parte podrá presentar sus alegatos en el que prefiera, y la Corte dictara sentencia en francés y en inglés. En tal caso la Corte determinara al mismo tiempo cuál de los dos textos hará fe.
Si lo solicitare una de las partes, la Corte autorizara para usar cualquier idioma que no sea ni el francés ni el inglés.