Micelio

Artículo 11

Decreto 1606 de 2015 · por el cual se establece la conformación, organización y funcionamiento de la Comisión de Seguimiento a las Condiciones de Reclusión del Sistema Penitenciario y Carcelario creada por los artículos 93 y 94 de la Ley 1709 de 2014.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Periodicidad de las sesiones . La Comisión deberá reunirse al menos una vez cada dos (2) meses. Cuando existieren circunstancias que lo ameriten o por solicitud de cuatro (4) integrantes de la Comisión, el presidente de la Comisión convocará a sesión extraordinaria para ocuparse exclusivamente de los asuntos que la motivaron.

Parágrafo 1

Los integrantes de la Comisión podrán conformar grupos de trabajo y se reunirán conforme a su propia agenda.

Parágrafo 2

Si por alguna razón no se pudiere llevar a cabo la sesión ordinaria o extraordinaria en la oportunidad indicada, el presidente, a través de la secretaría técnica, la volverá a convocar en la menor brevedad para garantizar que se realice.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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