Micelio

Artículo 1

Adóptase Como Legislación Permanente La Siguiente Disposición Del Decreto Legislativo 566 De 1990: Artículo Único

Decreto 2268 de 1991 · por el cual se adoptan como legislación permanente una disposición expedida en ejercicio de las facultades del Estado de Sitio.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 1º Adóptase como legislación permanente la siguiente disposición del Decreto legislativo 566 de 1990: Artículo único. Prorrógase hasta el 9 de diciembre de 1991 la vigencia del Decreto legislativo 566 del 9 de marzo de 1990.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2268 de 1991