Los alumnos del curso General de la Escuela Militar que se retiren de ella en buenas condiciones, tendrán derecho a que se les inscriba como reservistas de primera clase, pudiendo, según sean las calificaciones y capacidades del alumno en el momento del retiro, concederles grados en la reserva así:
Los de Cabo segundo o Cabos primero de reserva cuando la permanencia haya sido de dos años, y
Los de Sargentos segundo o Sargentos primeros de reserva cuando esta permanencia haya sido de tres años.