Adición de un
al artículo 2.2.6.1.2.36. del Decreto 1072 de 2015. Adicionar un
al artículo 2.2.6.1.2.36. del Decreto 1072 de 2015, el cual quedará así: ARTÍCULO 2.2.6.1.2.36. Bolsas de Empleo. Se entiende por bolsa de empleo, la persona jurídica sin ánimo de lucro que presta servicios de gestión y colocación para un grupo específico de oferentes con los cuales tiene una relación particular, tales como: estudiantes, egresados, afiliados u otros de similar naturaleza. La prestación de los servicios básicos de gestión y colocación de empleo por las bolsas de empleo, será gratuita para oferentes y demandantes usuarios de los servicios.
Las bolsas de empleo podrán cobrar a los potenciales empleadores, por la prestación de servicios especializados de gestión y colocación previamente autorizados.
Artículo 2.2.6.1.2.36. DECRETO 1072 de 2015