Autorizase a la Nación para que delegue en de los Municipio de San Pablo y San Lorenzo, del Departamento de Nariño, la construcción de edificios con destino a oficinas nacionales, los que se adelantarán de acuerdo con los planos y especificaciones que señale la Jefatura de Zona de los Edificios Nacionales de Pasto. Por consiguiente, las sumas destinadas para este objeto y que figuran en los artículos 2471 y 2472 del Presupuesto vigente, se girarán a los Tesoreros Municipales de dichos Municipios en cuanto tengan aprobadas sus respectivas fianzas.
Ley 34 de 1947 →Vigente
Artículo 18
Ley 34 de 1947 · Por la cual se abren unos créditos del Presupuesto vigente y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.