Artículo primero. A partir de la fecha del presente Decreto, el Departamento de Edificios Nacionales del Ministerio de Obras Públicas, tendrá el siguiente personal, con las asignaciones que a continuación se expresan: Dirección Director General de Edificios Nacionales, con 1.500.00 Mecanotaquigrafa, con 370.00 Chofer, con 300.00 Sección Administrativa: 650.00 Jefe de Control con 500.00 Oficial Mayor con 320.00 Oficial de Registro, con 250.00 Mecanógrafa, con 320.00 Portero-Escribiente, con 230.00 Archivero de Planos y Correspondencia, con 280.00 Sección Técnica Ingeniería y Estructuras 3 Arquitectos cada uno con 1.200.00 Ingeniero Calculista, con 1.200.00 4 Dibujantes Primeros, cada uno con 430.00 3 Dibujantes Segundos, cada uno con 360.00 2 Dibujantes de Estructuras cada uno con 480.00 Sección de Costos y Presupuestos Ingeniero Jefe, con 1.300.00 Ayudante Primero con 550.00 Ayudante Segundo con 1400.00 Sección de Locativas : Ingeniero o Arquitecto, con 1.050.00
Los sueldos del personal a que se refiere este artículo, se pagarán con cargo al Capitulo 535 artículo 5437 del Presupuesto de la actual vigencia.